martes, 25 de abril de 2017

INSTANCIAS POLICÍA NACIONAL 2017 DESDE 25 ABRIL DE 2017 A 18 DE MAYO 2017

Instrucciones para cumplimentar solicitud inscripción oposición
La formalización de instancias se realiza a través de la

Sede Electrónica.Sede Electrónica de la Policía Nacional
La Aplicación permanecerá abierta sólo durante el plazo de presentación de instancias que la oportuna convocatoria determine. No se pueden formalizar las instancias fuera de ese plazo. Las convocatorias se publican en el Boletín Oficial del Estado (www.boe.es ) suelen ser publicadas en el segundo trimestre del año, tanto la categoría de Policía como la categoría de Inspector.


INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN EN LA OPOSICIÓN DE INGRESO A LA ESCALA BÁSICA (POLICÍA) Y A LA ESCALA EJECUTIVA (INSPECTOR)


PLAZO
La aplicación estará activa durante VEINTE DIAS naturales, que es el plazo para solicitar la admisión al proceso. Este plazo empieza a contar al día siguiente de la publicación de la RESOLUCIÓN en el Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).


PROCEDIMIENTO
Las solicitudes se realizarán a través de la página www.policia.es a la que se puede acceder a través de Internet, o a través de la Intranet corporativa (página oficial de la Policía Nacional), rellenando el formulario que se indica en la misma, que permite la cumplimentación automática del modelo 790
Los pasos a seguir son los siguientes:
1. Cumplimentar los datos rellenando el formulario que se indica en la misma.
2. Una vez consignados los datos de dicho formulario descargar e imprimir el modelo 790 que genera la aplicación por triplicado ejemplar ("ejemplar para la Administración", "ejemplar para el interesado" y "ejemplar para la entidad colaboradora").
3. Firmar la solicitud, en la que además otorga su autorización para recabar los datos del Registro Central de Penados y Rebeldes del Ministerio de Justicia, de la Dirección General de Tráfico, y del Sistema de Verificación de datos de Identidad. No obstante, sin perjuicio de firmar la instancia y en documento unido a la misma se podrá manifestar la voluntad expresa contraria a dicha autorización.
4. El original de los tres ejemplares del impreso de solicitud cumplimentados en la forma descrita se presentarán en cualquier entidad bancaria de las mencionadas en la base 3.3 para hacer efectivo el pago de la tasa (que se indique en la oportuna convocatoria), dentro del plazo de presentación de solicitudes.
5. Una vez efectuado el pago de la tasa, y siempre dentro del plazo de presentación de solicitudes, el "ejemplar para la administración" del modelo 790 de solicitud, debidamente firmado por el interesado y con validación mecánica del pago de la tasa, deberá presentarse directamente en la División de Formación y Perfeccionamiento o a través de las Comisarías de Policía, Cuarteles de la Guardia Civil, Oficinas de Correos o cualesquiera otras de las referidas en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
6. En caso de presentarse a las plazas reservadas a militares de tropa y marinería deberá presentar asimismo, dentro del plazo de inscripción, certificación de la condición de militar de tropa y marinería con una antigüedad de 5 años como tal.
La solicitud sólo producirá efectos una vez presentado el "ejemplar para la administración" del modelo 790 ante cualquiera de las oficinas señaladas en el punto cuarto.


INSCRIPCIONES REALIZADAS EN EL EXTRANJERO
De acuerdo con el apartado quinto de la Resolución de 9 de enero de 2002, de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, por la que se aprueba el modelo de impreso sobre solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública, liquidación de la tasa de derechos de examen y se dictan instrucciones complementarias sobre su aplicación a quienes se inscriban o presenten su solicitud en el extranjero, deberán efectuar el ingreso en la cuenta restringida siguiente.
Título de la cuenta: Tesoro Público. Ministerio del Interior. Tasas recaudadas en el extranjero. Entidad: BBVA. Oficina institucional. Calle Alcalá, 16. Madrid 28014. Código Internacional de cuenta bancaria: IBAN ES10 Número de Cuenta: 0182 2458 10 0200006043


EXENCIONES DEL PAGO DE TASA Y BONIFICACIONES
1. Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de publicación de la presente convocatoria. Serán requisito para el disfrute de la exención, en el plazo de que se trate no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores en el cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional. La certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la correspondiente oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o promesa suscrita por el solicitante, cuyo modelo también podrá descargarse de la página www.policia.es Ambos documentos deberán acompañar a la solicitud de participación en el proceso.
2. Quienes acrediten ser miembro de familia numerosa clasificada en la "categoría especial", a cuyo efectos se adjuntará fotocopia del título oficial, en vigor, acreditativo de tal condición y expedido por la correspondiente Comunidad Autónoma.
3. Las víctimas del terrorismo, entendiendo como tales, las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.


BONIFICACIONES
Tendrán una bonificación del 50 % en el pago de la tasa por derechos de examen, quienes acrediten ser miembros de familia numerosa clasificada en «categoría general; para ello deberán aportar fotocopia del título oficial, en vigor, acreditativo de tal condición y expedido por la correspondiente Comunidad Autónoma.
Las personas exentas del pago de tasa o que tengan derecho a la bonificación, consecuente con lo dispuesto sobre el plazo para el pago de la tasa de examen, deberán presentar los documentos acreditativos de la exención o de la bonificación dentro del plazo de presentación de solicitudes de participación en el proceso, cualquiera que sea el procedimiento por el que se haya optado para la tramitación de la solicitud.
En ningún caso son válidas las fotocopias del impreso modelo 790. Cada interesado cumplimentará el ejemplar correspondiente, ya que el número del código de barras es único para cada solicitante, y cada solicitante solo puede tener un único número de código de barras.
Si existieran problemas a la hora de realizar la inscripción, o a la hora de generar los impresos del modelo 790, los interesados podrán ser informados y auxiliados en las diferentes plantillas policiales.
No obstante en el Área de procesos Selectivos de la División de Formación y Perfeccionamiento, será atendida cualquier duda a través de los teléfonos 91.322.75.97/98.

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